Pasaporte para su perro
El pasaporte para animales de compañía tiene un número único con los datos del propietario, DNI, domicilio, ciudad de residencia y país. Los datos nombre, especie, sexo, raza, edad incluyendo el número de CHIP electrónico de identificación del animal, vacunas antirrábicas, análisis de anticuerpos antirrábica y certifica los tratamientos contra garrapatas y cestodos o parásitos intestinales necesarios para ingresar en determinados países. Son expedidos en inglés y en el idioma oficial del país de la Unión europea donde sean emitidos.El Pasaporte no invalida la cartilla sanitaria que hasta el momento ha sido el documento utilizado para verificar el estado de salud de los animales domésticos. El pasaporte es obligatorio para aquellas personas que deseen viajar con su mascota fuera de España, a países de la Unión Europea y terceros países que acepten este documento como valido. La cartilla sanitaria seguirá siendo valida para circular y trasladarse dentro de territorio nacional.
¿Cómo obtener el pasaporte para mi perro?
El organismo autorizado para expedición del pasaporte son las clínicas veterinarias, deberá ser cumplimentado por un veterinario matriculado en el Colegio Oficial de Veterinarios. Deberá acreditar los datos inscriptos en el pasaporte mediante su firma y el sello de la clínica.El veterinario procederá a la inscripción en el Registro General de Identificación de Animales de la comunidad autónoma correspondiente.Las mascotas menores de tres meses no tienen que ser vacunadas, pero para poder desplazarse tendrá que probar que el cachorro ha vivido en el mismo lugar desde su nacimiento y que no ha estado expuesto al contacto de otros animales enfermos de rabia. También podrán acompañar a sus madres en el período de lactancia. La autorización para la entrada de cachorros de menos de tres meses de edad quedará supeditada a la autorización del Estado miembro de destino.
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